Las Autonomías son insaciables y siguen amenazando la tesitura económica del país de forma grave.

Si la noticia fuese solamente que las autonomías han creado 27 impuestos nuevos y han subido otros 60 para seguir manteniendo el chiringuito estaríamos, en cierta medida, de enhorabuena... el problema es que no hay forma de saciar su sed de gastos y mucho menos contenerlo por lo que la escala de impuestos autonómicos tiende hacia el infinito.

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En los últimos años, las autonomías han creado una maraña de figuras fiscales propias, que más allá de su relativo impacto recaudatorio, dificultan la unidad de mercado y generan más de un quebradero de cabeza a las empresas que quieren instalarse en todo el territorio nacional. Por ejemplo, los costes de gestión de los impuestos que se crean, a veces, generan más costes para las arcas públicas que lo que ingresan.

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A esto se suma que, a menudo, algunos de sus impuestos propios les suponen a las autonomías numerosos pleitos, que se alargan varios años, con empresas que alegan que la región grava el mismo concepto dos o tres veces. Además, las asesorías jurídicas y fiscales de las empresas implantadas en varias autonomías consumen buena parte de su tiempo en el cumplimiento de estas obligaciones tributarias, que les generan un gran coste Estos conflictos suelen acabar en los tribunales. Muchas CCAA gravan conceptos muy similares, pero lo hacen de forma diferente, lo que complica la planificación de las empresas.

Batalla judicial

Además, en los últimos meses el Estado ha decidido plantar batalla en el Tribunal Constitucional para intentar tumbar los tributos de las comunidades que gravan lo mismo que el Estado –aunque los hubieran creado antes, como las tasas judiciales catalanas, o para anular los que cree que exceden a sus competencias, por ejemplo, las tasas a los depósitos bancarios de Extremadura, Andalucía y Canarias–. En este apartado se encuentra, por ejemplo, la batalla legal por el euro por receta de Cataluña y Madrid.

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Estos problemas no han metido miedo a las comunidades para seguir inventando fórmulas para recaudar, ya que la crisis lleva a exprimir al máximo la potestad que les da la Constitución de crear impuestos propios.

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La Ley Orgánica de Financiación de las CCAA reconoce esta capacidad aunque establece limitaciones para fijar tributos propios. En primer lugar, los tributos que establezcan las comunidades no pueden recaer sobre hechos imponibles gravados por el Estado ni por los ayuntamientos. Si el Estado impone impuestos sobre hechos gravados por las comunidades que les supongan a éstas una disminución de ingresos, deberá instrumentar medidas de compensación. Es el caso de la tasa a los depósitos bancarios de Extremadura, que avaló el Constitucional en noviembre. Como el Estado ha creado una tasa general a tipo cero en los Presupuestos de 2013, tendrá que dar compensaciones a algunas comunidades.

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