A Montoro habría que despedirlo sin finiquito que tributar.

Los juristas rechazan de plano y de forma mayoritaria el castigo fiscal a las indemnizaciones por despido anunciado el lunes por el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, y el secretario de Estado, Miguel Ferre. Es más, los abogados laboralistas alertan incluso de que la medida es inconstitucional debido principalmente a su carácter retroactivo, ya que está en vigor desde el pasado viernes pese a que no fue anunciada hasta este lunes y que, además, la ley aún no existe. La entrada en vigor precipitada de esta modificación inesperada del régimen fiscal de las indemnizaciones por despido supondría, además, una discriminación evidente para quienes pierdan su puesto de trabajo a partir de entonces respecto a los que lo hayan perdido anteriormente y, por ello, hayan recibido un mejor trato fiscal dentro del mismo ejercicio tributario.


Uno de los efectos colaterales que provocará el anuncio sorpresivo de gravar las indemnizaciones por despido superiores a 2.000 euros por cada año trabajado será generar una gran inestabilidad en las relaciones laborales en España hasta la aprobación final de la ley. Causa estupor que el Gobierno quiera que se aplique esta medida antes incluso de que exista la ley que la desarrolla. En todo caso, las empresas y sus trabajadores deberán contemplar todos los escenarios posibles –desde que se apruebe la redacción actual o sea
modificada, hasta que pueda ser descartada–, lo que, además de generar un enorme caos en la negociación de los despidos individuales y colectivos en los próximos meses, también va a incrementar los costes para las compañías de prescindir de algunos de sus trabajadores y directivos, ya que es previsible, alertan los expertos, que los sindicatos quieran volver a negociar indemnizaciones netas en vez de brutas para blindarse así de cambios fiscales inesperados. Así sucedía hasta 2010, cuando PP y CiU impulsaron una enmienda para acabar con el trato fiscal discriminatorio a los despidos pactados en un ERE. Según los principales bufetes, este cambio provocará un aumento indirecto del coste del despido, en contraposición a lo que buscaba el propio Gobierno con la última reforma laboral aprobada en 2012, lo que además constituirá un desincentivo claro a las contrataciones indefinidas.


A estos elementos de juicio hay que añadir la discriminación que se crea respecto a lo que sucede en los regímenes forales de País Vasco y Navarra, en los que sólo las indemnizaciones superiores a 180.000 euros están sujetas a tributación. El despropósito del Ministerio de Hacienda con este varapalo fiscal a quienes pierdan su puesto de trabajo es tal que debería llevarle a enmendarlo a la mayor brevedad posible, incluso sin esperar a la tramitación parlamentaria de la reforma fiscal.

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